La finalidad
del mismo es circunscribir la normativa vigente, en un documento consolidado
que aborde la problemática del control y supervisión de las actividades de
ingreso de vehículos portantes y camiones, y particulares que arriban a la
provincia de Córdoba.
Propietarios
de casas de veraneo residentes en Córdoba (Desde el 18 de noviembre)
1) Permiso de circulación interdepartamental (mientras sea requerido por el COE Central).
2) Documentación comprobatoria de titularidad del dominio (boleto de compraventa, fotocopia de la escritura o impuesto, etc.)
3) Cumplir
con la normativa de control sanitario provincial y los requerimientos
particulares que puedan definir las autoridades municipales o comunales.
Propietarios
de casas de veraneo no residentes en Córdoba (desde el 04 de diciembre)
1) Descargar en el celular la aplicación Cuidar y mantener activa durante toda la estancia.
2) En caso de traslados en vehículo propio, circular por las rutas habilitadas de acceso a la Provincia.
3) El conductor deberá disponer del certificado de circulación correspondiente y demás requisitos normales para circular por rutas argentinas.
4) Identificación de cobertura sanitaria (Obra Social, Mutual, Prepaga, etc.).
5) En caso
de requerir atención médica en Córdoba, por patología Covid-19 u otra, deberán
proceder según lo que se define en los capítulos siguientes.
Turistas con
o sin domicilio en Córdoba (desde el 1 de enero)
1) Comprobante de las reservas efectuadas.
2) Descargar en el celular la aplicación Cuidar y mantener activa durante toda la estancia
3) Identificación de cobertura sanitaria (Obra Social, Mutual, Prepaga, etc.).
4) En caso
de traslados en vehículo propio, circular por las rutas habilitadas de acceso a
Córdoba