Se trata de
la reglamentación de la Ley 27.521 de "Sistema Único Normalizado de
Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)", que rige para quienes
comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por
medios electrónicos. El objetivo es generar "el acceso a información
unívoca en materia de talles de indumentaria", resaltó el decreto. La ley
en cuestión fue sancionada hace más de un año y medio y, además de
indumentaria, incluye calzado y ropa de trabajo.
Fueros excluidas
la indumentaria "de alta costura o de diseño de autor", las prendas
confeccionadas a medida y, en general, aquellas que han sido realizadas de
manera personalizada a pedido de los consumidores; los accesorios de vestir
(corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes, sombreros, entre otros) y los
implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.
A través del
decreto 375/2021, el Poder Ejecutivo determinó que "será considerado acto
discriminatorio cualquier práctica abusiva, vejatoria o estigmatizante referida
al aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otra
característica de las consumidoras y los consumidores".
Según el
texto oficial, "la falta de la estandarización en el sistema de
identificación de talles de indumentaria es una problemática que tiene
repercusión no solo en los distintos sectores dedicados a la fabricación,
confección, comercialización e importación de estos productos sino, fundamentalmente,
afecta el interés de las consumidoras y los consumidores".
"Esta
temática ha cobrado una significativa importancia en la agenda nacional con el
auge del comercio electrónico, circunstancia que se ha visto potenciada durante
la Pandemia del COVID-19", añadió el decreto.
En cuanto al
estudio antropométrico mediante el cual se establecerán las medidas corporales
estandarizadas, se dispuso que el Instituto Nacional de Tecnología Industrial
(INTI) será el encargado de realizarlo.
De acuerdo
con lo dispuesto, la Secretaría de Comercio Interior será la autoridad de
aplicación de la Ley, y en tal carácter estará facultada para dictar las normas
complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su efectiva
aplicación.
Asimismo, se
creó el "Consejo Técnico Consultivo del Sistema Único Normalizado de
Identificación de Talles de Indumentaria", cuya función será examinar y
pronunciarse, a pedido de la autoridad de aplicación, sobre cuestiones
referentes a la implementación y difusión de ese sistema, sin efecto
vinculante.
El Consejo
"no implicará erogación adicional alguna para el Estado Nacional",
aclaró el Gobierno, y puntualizó que estará conformado por representantes de la
Secretaría de Comercio Interior, de las cámaras sectoriales, de organizaciones
de la sociedad civil vinculadas a la temática; un representante de los
profesores regulares de las Universidades Nacionales de la carrera de Diseño de
Indumentaria y Diseño Textil, un representante del Ministerio de Salud, del
INADI y del INTI.