La decisión
de la Secretaría de Industria y Comercio surge como respuesta a las reiteradas
denuncias públicas sobre municipios y gobiernos provinciales que incluyen tasas
locales e impuestos que no corresponden a la facturación de servicios
esenciales.
Las
actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre,
cuando entró en vigencia la resolución 267/2024, que determinó la prohibición
de incluir en las facturas conceptos indebidos.
Se imputaron
empresas de la ciudad de Buenos Aires y de las provincias de Buenos Aires,
Misiones, San Juan, Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Santa Cruz, Chubut, Chaco,
Jujuy, Neuquén, Río Negro, Mendoza, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San
Luis, Santiago del Estero y Tucumán.
Tras recibir
la notificación las empresas tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo.
Cumplido ese plazo la Secretaría de Industria y Comercio sancionará a las
empresas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24240
de Defensa del Consumidor, que en su artículo 47, inciso b, contempla multas de
hasta 2.130 millones de pesos.
Las
denuncias fueron recibidas en el correo electrónico habilitado para tal fin,
denunciatufactura@comercio.gob.ar. Hasta el momento ingresaron 2.705 reclamos.